Especialidades de las Obligaciones Mercantiles

El Derecho Mercantil, como rama del Derecho Privado que regula la actividad empresarial, presenta ciertas especialidades en materia de obligaciones en comparación con el Derecho Civil común. Estas particularidades se derivan de la necesidad de dotar al tráfico comercial de mayor agilidad, seguridad y certeza, adaptándose a las exigencias de la rapidez y el crédito que caracterizan al mundo empresarial. Las principales especialidades del régimen jurídico de las obligaciones mercantiles son las siguientes: 1. Cumplimiento y Mora: Prohibición de términos de gracia o cortesía (Art. 61 CCom): A diferencia del Derecho Civil, el Código de Comercio prohíbe expresamente la concesión de términos de gracia o cortesía que difieran el cumplimiento de las obligaciones mercantiles. Se busca con ello evitar dilaciones innecesarias en el pago y fomentar la puntualidad, crucial en el tráfico comercial. Exigibilidad inmediata salvo pacto en contrario (Art. 62 CCom): Si las partes no han fijado un plaz

¿Que es el proceso de integración europea? ¿La UE devora competencias?

Hola, en este blog vamos a hablar de un tema muy interesante, y relevante para todos los que vivimos en Europa: el proceso de integración europea. ¿Qué es esto y cómo nos afecta? Vamos a verlo con un lenguaje sencillo y algunos ejemplos.

El proceso de integración europea, es el conjunto de iniciativas y acuerdos que han ido uniendo a los países europeos desde el final de la Segunda Guerra Mundial hasta hoy, con el objetivo de lograr una mayor cooperación, paz y prosperidad en el continente. Este proceso se basa en el derecho internacional, es decir, en las normas que regulan las relaciones entre los estados. Estas normas se plasman en los tratados, que son los acuerdos que firman los países para establecer sus compromisos y obligaciones.

Los tratados, más importantes, que han marcado el proceso de integración europea son los siguientes:

  • El Tratado de París de 1951, que creó la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA). Esta fue la primera organización que unió a seis países (Francia, Alemania, Italia, Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo) para gestionar de forma conjunta la producción y el comercio de dos materias primas fundamentales para la industria: el carbón y el acero. De esta forma, se pretendía evitar una nueva guerra entre los países europeos, y favorecer el desarrollo económico.
  • Los Tratados de Roma de 1957, que crearon la Comunidad Económica Europea (CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM). Estas dos organizaciones ampliaron la cooperación entre los mismos seis países a otros ámbitos, como el mercado común, la agricultura, el transporte, la política social o la investigación nuclear. La CEE fue la base de lo que hoy conocemos como Unión Europea, mientras que la EURATOM sigue existiendo como una organización independiente.
  • El Acta Única Europea de 1986, que modificó los tratados anteriores y estableció el objetivo de completar el mercado interior, es decir, la libre circulación de personas, mercancías, servicios y capitales entre los países miembros. Además, introdujo la cooperación política europea, que permitía a los países coordinar sus posiciones en temas de política exterior y seguridad.
  • El Tratado de Maastricht de 1992, que cambió el nombre de la CEE por el de Comunidad Europea (CE) y creó la Unión Europea (UE) como una organización más amplia y compleja, basada en tres pilares: el primero era la CE, que seguía siendo el principal ámbito de integración económica y social; el segundo era la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), que buscaba reforzar el papel de Europa en el mundo; y el tercero era la Cooperación Policial y Judicial en materia Penal (CPJP), que pretendía luchar contra el crimen organizado, el terrorismo y la inmigración ilegal. 
El Tratado de Maastricht también introdujo la ciudadanía europea, que otorgaba a los nacionales de los estados miembros una serie de derechos y deberes, como el de votar y ser elegidos en las elecciones al Parlamento Europeo, el de circular y residir libremente en el territorio de la UE, el de presentar peticiones o quejas ante las instituciones europeas, o el de recibir la protección consular de cualquier estado miembro en un país tercero. Asimismo, el Tratado de Maastricht sentó las bases para la creación de la Unión Económica y Monetaria, que supuso la adopción de una moneda única, el euro, por parte de algunos países miembros.
  • El Tratado de Ámsterdam de 1997, que reformó los tratados anteriores y trasladó algunas materias del tercer pilar al primero, como la libre circulación de personas, el asilo, la inmigración o la lucha contra la discriminación. También incorporó el acervo de Schengen, que era un acuerdo previo entre algunos países para eliminar los controles fronterizos internos y establecer una política común de visados y asilo. Además, el Tratado de Ámsterdam amplió las competencias del Parlamento Europeo, que pasó a tener más poder de decisión y control sobre las leyes y el presupuesto europeos.
  • El Tratado de Niza de 2001, que volvió a reformar los tratados anteriores y adaptó el funcionamiento de las instituciones europeas al aumento del número de países miembros, que se produjo con las sucesivas ampliaciones de la UE. El Tratado de Niza modificó el sistema de votación en el Consejo, que es el órgano que representa a los gobiernos nacionales, e introdujo la posibilidad de una cooperación reforzada, que permitía a algunos países avanzar más rápido en determinados ámbitos, sin esperar al resto.
  • El Tratado de Lisboa de 2007, que es el tratado vigente actualmente y que sustituyó a un intento fallido de aprobar una Constitución Europea en 2004. El Tratado de Lisboa simplificó la estructura de la UE y la dotó de una personalidad jurídica única, que le permite actuar como un actor global. También modificó el reparto de competencias entre la UE y los estados miembros, reforzó el papel del Parlamento Europeo y de los parlamentos nacionales, creó nuevas figuras como el Presidente del Consejo Europeo o el Alto Representante para la Política Exterior y de Seguridad Común, e introdujo nuevas herramientas de participación ciudadana, como la iniciativa legislativa popular o el derecho de retirada voluntaria de la UE.

Como podemos ver, el proceso de integración europea ha sido un camino largo y complejo, que ha ido adaptándose a los cambios históricos, políticos, económicos y sociales que han ocurrido en Europa y en el mundo. El resultado es una organización única en su género, que no es ni un estado ni una simple alianza de estados, sino algo intermedio, que combina elementos de integración y de cooperación, de supranacionalidad y de intergubernamentalidad, de unidad y de diversidad. La UE es, en definitiva, un proyecto en constante evolución, que busca garantizar la paz, la democracia, el estado de derecho, los derechos humanos, el desarrollo sostenible y la solidaridad entre los pueblos europeos.

Comentarios