Especialidades de las Obligaciones Mercantiles

El Derecho Mercantil, como rama del Derecho Privado que regula la actividad empresarial, presenta ciertas especialidades en materia de obligaciones en comparación con el Derecho Civil común. Estas particularidades se derivan de la necesidad de dotar al tráfico comercial de mayor agilidad, seguridad y certeza, adaptándose a las exigencias de la rapidez y el crédito que caracterizan al mundo empresarial. Las principales especialidades del régimen jurídico de las obligaciones mercantiles son las siguientes: 1. Cumplimiento y Mora: Prohibición de términos de gracia o cortesía (Art. 61 CCom): A diferencia del Derecho Civil, el Código de Comercio prohíbe expresamente la concesión de términos de gracia o cortesía que difieran el cumplimiento de las obligaciones mercantiles. Se busca con ello evitar dilaciones innecesarias en el pago y fomentar la puntualidad, crucial en el tráfico comercial. Exigibilidad inmediata salvo pacto en contrario (Art. 62 CCom): Si las partes no han fijado un plaz

Política de contenido 260224

Nosotros, Aequitas Español, utilizamos una multitud de herramientas IA de diverso tipo. Esto se hace por varios motivos:
  • Nosotros somos juristas, por lo que muchas veces nos cuesta simplificar conceptos muy teóricos. Como forma de simplificación, utilizamos herramientas que a partir de documentos privados, creados totalmente por humanos y de contenido original, piden que simplifiquen el contenido para hacerlo más atractivo y fácil de leer.
  • Aunque el contenido sea en última instancia organizado y redactado por la IA, tras la generación procedemos a revisar lo redactado y a perfeccionar los déficits de la IA en la redacción.
  • Todo el contenido de esta web parte de una cantidad de datos constatados por humanos. Si bien pueden contener errores, la mayoría de las veces se deberá a una deficiencia en el borrador original. Dado que como orden básica a las IA que utilizamos es "no añadir ni quitar información" de la que está en el borrador original.
Entendemos que pueda dar positivo el contenido producido en herramientas de detección de contenido generado por IA. Es lógico debido a que el grueso de la redacción que llega al público es producto de una IA que busca facilitar la lectura, intentando simplificar lo más posible contenidos técnicos que a nosotros como personas a veces nos cuesta simplificar.

Usamos además otras herramientas de IA con fines menos centrales, como es la creación de imágenes y contenido visual. Pero eso solo afecta a la cuestión decorativa y de diseño de la web y no al contenido de la misma. Por lo que prestamos menos atención a las mismas en comparación con la vigilancia y corrección activa que hacemos del contenido al que hacemos referencia antes al explicar la generación de texto.

Con todo esto Aequitas Español, se compromete e intenta dentro de lo posible crear el contenido con el mayor valor posible para el usuario final, aunque eso sea a consta de cierta originalidad en la redacción.

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Ultima actualización de la política de contenido: 26-02-24. (versión antigua valida hasta el 17-04-24)