El litoral andaluz, con sus más de 800 kilómetros de costa, es un espacio de gran valor ambiental, paisajístico, económico y social. Su ordenación requiere una atención especial para garantizar su protección, conservación y uso sostenible. En este post, analizaremos la ordenación del litoral en Andalucía, profundizando en la distribución de competencias, los instrumentos de planificación existentes, los principios que la rigen y las medidas específicas para su protección, con especial atención a la Ley de Costas y la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA).
Distribución de competencias:La ordenación del litoral es una competencia compartida entre el Estado, la Comunidad Autónoma de Andalucía y los municipios.
El Estado: Tiene competencia exclusiva sobre el dominio público marítimo-terrestre (DPMT), que incluye la ribera del mar, las playas, las rías, los puertos y demás espacios definidos en la Ley de Costas.
La Comunidad Autónoma de Andalucía: Tiene competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, que incluye la planificación del espacio litoral y de las playas, la gestión de los títulos de ocupación y uso del DPMT, la regulación del régimen económico-financiero del DPMT y la ejecución de obras y actuaciones en el litoral andaluz, según el artículo 56.6 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Los municipios: Tienen competencia en materia de urbanismo, que incluye la planificación y gestión del suelo urbano y urbanizable en el litoral.
Esta distribución de competencias exige una estrecha colaboración entre las diferentes Administraciones Públicas para garantizar una ordenación del litoral coherente e integrada.
Instrumentos de ordenación del litoral:
La ordenación del litoral en Andalucía se lleva a cabo a través de diferentes instrumentos de planificación:
Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras: Marco estratégico para la gestión integrada de las zonas costeras en Andalucía, que establece los objetivos, principios y líneas de actuación en materia de protección, conservación y uso sostenible del litoral.
Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional (POTSR): Instrumentos de ordenación territorial que, cuando comprenden terrenos incluidos en el espacio litoral, deben incluir determinaciones específicas para su protección, como la delimitación del espacio litoral, la indicación de zonas a preservar del desarrollo urbanístico y directrices para la ordenación de áreas de crecimiento urbano y la minimización de daños por riesgos naturales (artículo 36 LISTA).
Planes con Incidencia en la Ordenación del Territorio (PIOT): Instrumentos de planificación sectorial que, cuando tienen repercusión directa sobre el litoral, deben ser coherentes con las determinaciones de los POTSR y la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras.
Instrumentos de ordenación urbanística: Los planes generales de ordenación urbana y demás instrumentos de ordenación urbanística de los municipios costeros deben ser coherentes con las determinaciones de los POTSR, los PIOT y la Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras.
Principios de la ordenación del litoral:
La ordenación del litoral en Andalucía se rige por los siguientes principios, recogidos en el artículo 35 de la LISTA:
Protección y conservación del espacio litoral: El espacio litoral debe preservarse de actuaciones que puedan menoscabar su conservación y puesta en valor como recurso territorial básico de la Comunidad Autónoma.
Desarrollo sostenible: La ordenación del litoral debe ser compatible con un desarrollo sostenible adecuado a la capacidad de acogida del territorio.
Adaptación al cambio climático: Se prestará especial atención a la adopción de medidas que puedan contribuir a la adaptación del litoral a los efectos del cambio climático, así como a la mitigación de factores que acentúen el mismo.
Acceso público al litoral: Se garantizará el acceso público al litoral y se evitará la urbanización continua y las pantallas de edificación, procurando la localización de las zonas de uso público en los terrenos adyacentes a la zona de servidumbre de protección.
Integración de las políticas sectoriales: La ordenación del litoral debe integrar las diferentes políticas sectoriales que tienen incidencia en el litoral, buscando la coherencia entre ellas y evitando la fragmentación del territorio.
Medidas específicas para la protección del litoral:
La LISTA establece una serie de medidas específicas para la protección del espacio litoral, entre las que destacan:
Delimitación del espacio litoral: Los POTSR que comprendan terrenos incluidos en el espacio litoral deben delimitar el espacio litoral conforme a lo establecido en el artículo 35 de la LISTA.
Identificación de zonas a preservar del desarrollo urbanístico: Los POTSR deben indicar las zonas del espacio litoral que por sus funciones territoriales o por sus valores naturales o paisajísticos deben ser preservadas del desarrollo urbanístico o deban formar parte de infraestructuras verdes.
Directrices para la ordenación de áreas de crecimiento urbano: Los POTSR deben establecer directrices para la ordenación de las áreas de crecimiento de los núcleos urbanos situados en el espacio litoral, garantizando el acceso y uso público del frente litoral, la reserva de suelo para espacios libres y usos dotacionales y estratégicos vinculados al turismo, y la minimización de los daños sobre las personas, bienes y el medio ambiente en las zonas con riesgos naturales.
Establecimiento de corredores de conexión: Los POTSR deben establecer corredores o ámbitos de conexión del sistema costero con los espacios libres interiores, a fin de proporcionar conectividad al territorio, preservando la funcionalidad de los ecosistemas y evitando su fragmentación.
Conclusión:
La ordenación del litoral en Andalucía es un reto complejo que exige la colaboración de las diferentes Administraciones Públicas y la participación de la sociedad. La LISTA, junto con la Ley de Costas y otros instrumentos de planificación, establece un marco jurídico sólido para la protección, conservación y uso sostenible del litoral andaluz, adaptándose a los nuevos retos del cambio climático y buscando un modelo de desarrollo que garantice el acceso público a este valioso recurso territorial.
Referencias:
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA).
Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y gestión del litoral.
Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras.
Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA).
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