Especialidades de las Obligaciones Mercantiles

El Derecho Mercantil, como rama del Derecho Privado que regula la actividad empresarial, presenta ciertas especialidades en materia de obligaciones en comparación con el Derecho Civil común. Estas particularidades se derivan de la necesidad de dotar al tráfico comercial de mayor agilidad, seguridad y certeza, adaptándose a las exigencias de la rapidez y el crédito que caracterizan al mundo empresarial. Las principales especialidades del régimen jurídico de las obligaciones mercantiles son las siguientes: 1. Cumplimiento y Mora: Prohibición de términos de gracia o cortesía (Art. 61 CCom): A diferencia del Derecho Civil, el Código de Comercio prohíbe expresamente la concesión de términos de gracia o cortesía que difieran el cumplimiento de las obligaciones mercantiles. Se busca con ello evitar dilaciones innecesarias en el pago y fomentar la puntualidad, crucial en el tráfico comercial. Exigibilidad inmediata salvo pacto en contrario (Art. 62 CCom): Si las partes no han fijado un plaz

El Juicio verbal, en el proceso civil, un proceso excepcional.

Hola, hoy en nuestro blog vamos a hablar de un tema que puede interesarte si tienes que enfrentarte a un proceso judicial: el juicio verbal. ¿Sabes qué es y en qué casos se aplica? Te lo explicamos a continuación.

El juicio verbal es un tipo de procedimiento civil que se utiliza para resolver demandas que no requieren de mucha complejidad jurídica, ya sea por la materia o por la cuantía. Por ejemplo, si quieres reclamar una cuantía de menos de 15.000 euros (antes 6.000€), o si quieres recuperar la posesión de una finca que te han ocupado, o si quieres pedir una pensión de alimentos, puedes acudir al juicio verbal.

La ventaja del juicio verbal es que es más rápido y sencillo que el juicio ordinario, que se reserva para asuntos más complicados. El juicio verbal se caracteriza por tener menos trámites y por basarse en la oralidad, es decir, en la exposición verbal de las partes y de las pruebas ante el juez.

El juicio verbal se inicia con la presentación de una demanda por parte del demandante, que es quien reclama algo. La demanda puede ser más breve y simple que en el juicio ordinario, e incluso se puede presentar mediante un formulario. En algunos casos, no es necesario contar con abogado ni procurador, como cuando la cuantía no supera los 2000 euros.

Una vez admitida la demanda, el juez cita a las partes para la celebración de la vista, que es el acto principal del juicio verbal. En la vista, el demandante y el demandado, que es quien se opone a la reclamación, exponen sus argumentos y aportan las pruebas que consideren oportunas. El juez puede hacer preguntas, resolver cuestiones previas y fijar los hechos controvertidos. También puede intentar que las partes lleguen a un acuerdo, lo que se llama conciliación.

Si no hay acuerdo, el juicio verbal continúa con la práctica de la prueba, que se realiza en el mismo acto de la vista. Las partes pueden presentar documentos, testigos, peritos, interrogatorios, etc. El juez puede admitir o rechazar las pruebas según su pertinencia y utilidad.

Después de la prueba, el juez puede dar la palabra a las partes para que formulen sus conclusiones, es decir, para que resuman sus pretensiones y los fundamentos que las apoyan. Esto no es obligatorio, y depende de la decisión del juez.

Finalmente, el juicio verbal termina con la dictación de la sentencia, que puede ser en el mismo acto de la vista o en un plazo posterior. La sentencia es el pronunciamiento del juez sobre la demanda, que puede estimarla, desestimarla o estimarla parcialmente. La sentencia puede ser recurrida por las partes si no están conformes con ella.

Como ves, el juicio verbal es un procedimiento que busca resolver de forma ágil y eficaz las demandas que no tienen mucha dificultad jurídica. Esperamos que este artículo te haya sido útil y que te haya aclarado algunas dudas sobre este tema. Si tienes alguna consulta o sugerencia, puedes dejarnos un comentario. ¡Hasta la próxima!

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