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La participación de los interesados en la gestión de la Seguridad Social: un análisis del marco legal y su efectividad

Introducción: La participación de los interesados en la gestión de la Seguridad Social es un principio fundamental recogido en el artículo 129.1 de la Constitución Española. Este principio busca asegurar la transparencia, la eficiencia y la adaptación del sistema a las necesidades de la sociedad, al involucrar a los principales actores afectados: trabajadores, empresarios y la Administración Pública. Marco legal de la participación: La Ley General de la Seguridad Social (LGSS) desarrolla este principio constitucional en su artículo 69, facultando al Gobierno para regular la participación en el control y vigilancia de la gestión de las entidades gestoras. Actualmente, la participación se regula principalmente por el Real Decreto 3064/1978, de 22 de diciembre, que establece un sistema de representación de los interesados en los órganos de control y vigilancia de las entidades gestoras: Nivel estatal: Consejo General del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Consejo General

Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social: su papel en la gestión del sistema y su régimen jurídico

El principio de universalización subjetiva en la Seguridad Social española: un análisis de su alcance y limitaciones